Ayudas autónomos Castilla la Mancha coronavirus
SLD 6 AYUDAS DIRECTAS AFECTADOS COVID19 (AUTÓNOMOS Y PYMES)
En Castilla - La Mancha no han querido dejar a los autónomos sin ayudas, ya que ellos se han visto obligados a cerrar sus negocios tras decretarse el estado de alarma, por ello, han elaborado una serie de ayudas que pueden solicitar a través de una serie de trámites en el ayuntamiento. A continuación, voy a detallar cuales son esas medidas:
Destinatarios:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras autónomas y las microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en C-LM, y en las que concurran alguna de las dos siguientes circunstancias:
- a) Que se hayan visto obligadas a la suspensión de su actividad económica conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- b) Que no habiendo suspendido la actividad económica desarrollada, las personas autónomas trabajadoras o microempresas hayan sufrido una reducción de su facturación en el mes natural anterior a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de Castilla- La Mancha de al menos el 60%, en relación con el mismo mes del ejercicio anterior.
Requisitos:
- Los requisitos para obtener la condición de beneficiario son los indicados en el artículo 4 del Decreto de concesión directa de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y microempresas afectadas por COVID-19, para la reactivación de la actividad económica y el empleo.
- Los beneficiarios, en su caso, deberán cumplir con las obligaciones indicadas en el artículo 12 del citado Decreto.
- La persona beneficiaria estará obligada a facilitar las comprobaciones que garanticen la correcta realización de las actuaciones objeto de subvención. Asimismo, estará sometida a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como al control financiero de la Intervención General de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, o de cualquier órgano, nacional o de la Unión Europea.
Importe:
La cuantía de la subvención a recibir por cada persona beneficiaria tendrá en cuenta las líneas de subvenciones y el número de trabajadores equivalentes a tiempo completo que tenían en la fecha de presentación de la solicitud, de la forma siguiente:
a) En la línea 2, la cuantía de la subvención para las microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, será de:
1º. 2.200 euros para las microempresas con hasta cinco trabajadores equivalentes a tiempo completo.
2º. 3.000 euros para las microempresas de más de cinco y menos de diez trabajadores equivalentes a tiempo completo.
Criterios:
Las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por orden de presentación de las mismas, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos, siempre que la solicitud a aportar esté completa, y hasta el agotamiento de la financiación disponible.
Documentación a aportar:
En el supuesto de solicitantes microempresas
- Documentación acreditativa, en su caso, de la representación del firmante cuando el solicitante fuere persona jurídica, o cuando se formule la solicitud por persona distinta al interesado, mediante escritura pública, declaración en comparecencia personal del interesado, o por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna.
Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para cada tipología de solicitante
Solicitud ayudas autónomos Castilla la Mancha coronavirus.